Su Protocolo de prevención frente acoso por discriminación y diversidad, rápida, eficaz y sin complicaciones, en 1 día. Sin burocracia, sin gastos ocultos.
Protocolo de prevención y actuación ante la Discriminación por Diversidad.
Todas las empresas, independientes de su tamaño, tiene que tener establecido un protocolo al efecto, tal y como establece la Ley 15/2022, de 12 de julio, integral para la igualdad de trato y la no discriminación.
Da lo mismo el tamaño de la empresa, a diferencia de lo que ocurre con los Planes de Igualdad, es de obligado cumplimiento para cualquier tipo de entidad.
El no tenerlo puede suponer sanciones por parte de la Autoridad Laboral o Inspección de Trabajo que puede ir hasta más de 200.000 euros, en función de la gravedad de la infracción
La citada Ley recoge también, como medida de acompañamiento al protocolo, la realización de acciones formativas para sensibilizar a los trabajadores sobre la Discriminación por Diversidad.
¿Qué formación se necesita para establecer el protocolo de acoso?
Algunos trabajadores deben recibir formación en este tema, a nuestro entender, al menos dos trabajadores: uno con responsabilidad en la dirección de la empresa (el Director de la empresa o el Responsable de Personal), el otro, un técnico del área de recursos humanos. En este aspecto, disponemos del siguiente curso: Protocolo de prevención y actuación ante la Discriminación por Diversidad.
Debemos destacar que la normativa establece también la necesidad de sensibilizar a toda la plantilla de la empresa en este tema, por tanto podemos plantear una acción formativa adaptada a cada entidad, también bonificada.
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